En
vista de la polémica que se ha generado a raíz
del llamado Plan Santiago Andino, cuyo origen parece ser principalmente
la desinformación existente, Dedal de Oro abre un espacio
de su revista como tribuna abierta, con el fin de que quienes
lo estimen útil expresen sus opiniones. Más que
nada, deseamos que esta iniciativa contribuya a un intercambio
informativo y constructivo, cuya objetivo debe ser de bien común
para toda la comunidad del Cajón del Maipo. Comenzamos
con información entregada por la Secretaría Santiago
Andino.
El Cajón del Maipo es una zona importante para
Chile por sus valores ambientales, su biodiversidad y
los servicios ecológicos y de recreación
que presta a la ciudad de Santiago, la más grande
del país. Por ello, los científicos, las
organizaciones ciudadanas y el gobierno eligieron este
territorio para establecer el Área Santiago Andino.
Conservar
los ecosistemas es una de las prioridades de la Estrategia
Nacional de la Biodiversidad, la cual permite que Chile
cumpla con la Convención de Biodiversidad, compromiso
internacional firmado en la Cumbre de Río en
el año 1992. El Plan Santiago Andino fue aprobado
el año 2005 y a la fecha 13 predios públicos
y privados se han sumado a la iniciativa, aportando
244.000 hectáreas a este compromiso internacional
de Chile.
En
la Región Metropolitana existen seis áreas
naturales que son importantes de proteger, según
la Estrategia Regional, las cuales se convierten en
los Sitios Prioritarios: 1. Cordón de Cantillana,
2. El Roble, 3. Altos del Río Maipo, 4. San José
de Maipo–San Gabriel–El Volcán–El Morado, 5.
Río Olivares–Río Colorado–Tupungato y
6. Humedal de Batuco. De las anteriores, los sitios
3, 4 y 5 se encuentran en el Cajón del Maipo
(ver mapa).
¿Cuál
es la importancia de Santiago Andino? En el Cajón
del
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Maipo existen
importantes y hermosas especies vegetales como la Llareta, Olivillo,
Quillay, Litre, Lun, Colliguay, Maitén, Peumo y Ciprés
de la Cordillera que están en situación vulnerable
de conservación. También existen importantes especies
de fauna como el Puma, Guanaco, Vizcacha, Zorro, Cóndor
y Águila, las cuales están protegidas por un área
prohibida de caza desde el año 2003 (D. S. Nº 693,
Ministerio de Agricultura). Gran parte de los habitantes del Cajón
del Maipo conocen, valoran su patrimonio natural y lo cuidan.
Las especies de flora y fauna y los paisajes del Cajón
del Maipo son sus principales atractivos y son la base de su desarrollo
económico y turístico.
Los objetivos
del Plan son conservar, restaurar y proteger las riquezas ambientales,
culturales y paisajísticas del Cajón del Maipo;
otorgar valor a sus atributos naturales para potenciar las actividades
turísticas y de recreación, la educación
ambiental de la ciudadanía, el uso sustentable de los
recursos naturales y el desarrollo de servicios y producción
limpia en el territorio. El logro de este objetivo requiere
la conciencia y participación de la comunidad local,
sus organizaciones sociales, empresariales y autoridades en
las acciones para proteger y potenciar los valores del Cajón
del Maipo y convertirlo en el principal destino turístico
y ambiental de la Región Metropolitana.
Las actividades
principales del Plan para el periodo 2006-2010, aprobado por
COREMA Región Metropolitana el 1 de diciembre de 2005
(Resolución Exenta Nº 585/2005), contemplan: identificación
y difusión de los principales valores ambientales del
Cajón del Maipo; buscar nuevas oportunidades para potenciar
las actividades propias del Cajón del Maipo, tales como
la artesanía, la ganadería, los productos alimenticios
locales y las actividades de los arrieros; identificación
de nuevos atributos turísticos y elaboración de
Planes de Manejo Turístico; ordenamiento predial y diseño
de Planes de Manejo agroganaderos; elaboración de manuales
y capacitación a empresarios turísticos, ganaderos
y organizaciones locales sobre buenas practicas productivas;
elaboración de material educativo y de difusión
para la comunidad, las escuelas y los usuarios del Cajón
del Maipo. El detalle de todas estas actividades se construirá
a través de talleres con la comunidad y las instituciones
involucradas.
Para obtener
más información sobre el Plan Santiago Andino y
la Estrategia Nacional y Regional para la Conservación
de la Biodiversidad se recomienda visitar los sitios www.santiagoandino.cl
y www.conama.cl. Para participar se puede contactar al Servicio
Agrícola y Ganadero Región Metropolitana, quien
preside y coordina el Plan Santiago Andino: santiagoandino@sag.gob.cl;
o a la Secretaría Técnica: informaciones@santiagoandino.cl
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El Plan
Santiago Andino es un programa público-privado para proteger
el medioambiente, los recursos naturales y los valores paisajísticos
del Cajón del Maipo. Patrocinan y participan las siguientes
instituciones públicas y ciudadanas: Intendencia Metropolitana
de Santiago - Servicio Agrícola y Ganadero, Región
Metropolitana de Santiago – CONAMA – CONAF – SERNATUR – ChileDeportes
- Ministerio de Bienes Nacionales - Ministerio de Agricultura
– CORFO - Ejército de Chile - Corporación Ecomaipo
- Programa Chile Sustentable.
Primer
compromiso público-privado para el desarrollo del Plan
Santiago Andino.
Corresponde
al Área de Interés Científico (D.S. Nº
78/2006, Ministerio de Minería), que se comenzó
a gestar en la consulta realizada en la Estación de San
José en Agosto del año 2004, cuando se iniciaron
conversaciones para sumar predios incluidos en los Sitios Prioritarios
de la Estrategia Regional de Conservación de Biodiversidad.
Luego de realizados los compromisos con 8 predios públicos
y 5 predios privados, el ex intendente Marcelo Trivelli y el
ex Ministro de Agricultura, Jaime Campos, junto a los propietarios,
solicitan el Área de Interés Científico
el 18 de Enero del año 2005.
El Área
de Interés Científico es aprobada por el Ministerio
de Minería y firmado por el Ministro Alfonso Dulanto
y el Presidente Ricardo Lagos, en Octubre del año 2005,
publicándose en el Diario Oficial en Febrero del año
2006.
Este Decreto
indica que para efectuar cualquier labor minera en el área
declarada como de interés científico para efectos
mineros, los titulares de las concesiones mineras ubicadas en
dicha área deberán contar con el respectivo permiso
a que se refiere el artículo 17 Nº 6 del Código
de Minería (Artículo Tercero, D. S. Nº 78/2006).
El permiso al cual se hace referencia debe ser otorgado por
el Presidente de la República.
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